Además de lo dispuesto en el artículo 81 de esta Ley y lo establecido en el artículo 71 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, los Ayuntamientos en el Estado deberá poner a disposición del público y mantener actualizada, en términos de lo establecido en el presente Capítulo, la siguiente información:
XXVII.- Los estudios que se realicen sobre la calidad del agua destinada al servicio de agua potable en el municipio y los mantos acuíferos, así como los resultados obtenidos de los mismos;
Los estudios que se realicen sobre la calidad del agua destinada al servicio de agua potable 1ER TRIMESTRE 2025 Los estudios que se realicen sobre la calidad del agua destinada al servicio de agua potable 1ER TRIMESTRE 2025 |
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